PROYECTO DE LEY DE CRÉDITO INMOBILIARIO: Reduce las comisiones y refuerza la transparencia de los créditos inmobiliarios

PROYECTO DE LEY DE CRÉDITO INMOBILIARIO que reduce las comisiones y refuerza la transparencia de los créditos inmobiliarios

El pasado 3 de Noviembre de 2017, fue aprobado por el Consejo de Ministros el Anteproyecto de la ley de crédito inmobiliario que transpone la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial. Desde Bufete Picazo, su despacho de abogados de confianza en Albacete, analizamos este proyecto de ley de crédito inmobiliario.

¿Cómo afectará esta Ley a los Préstamos Hipotecarios?

Los principales cambios que se realizarán en nuestra Ley Hipotecaria, como consecuencia de la transposición de la citada Directiva, son en relación con las comisiones cobradas por las entidades bancarias relativas a la modificación, amortizaciones parciales y cancelación anticipada del préstamo. Así, por ejemplo, se reduce la comisión por cancelación anticipada o por transformación del préstamo de tipo variable a tipo fijo.

Otra de las novedades a introducir por esta Ley, es precisamente el derecho del consumidor a pedir la conversión de su préstamo en cualquier momento, tanto de interés variable a interés fijo, como de interés referenciado a divisa extranjera a tipo de interés referenciado en euros o en la divisa en la que percibe la mayoría de los ingresos. Igualmente, se prohibirá, con carácter general, las denominadas ventas vinculadas, es decir, aquellas que obligan al consumidor a aceptar una serie de productos financieros como condición para obtener la hipoteca.

Finalmente, se reforzará la transparencia exigida a las entidades bancarias a la hora de suscribir un préstamo hipotecario, exigiendo una determinada conducta a los bancos, todo ello a los efectos de garantizar que el prestatario esté correctamente informado de las condiciones (especialmente financieras) de su préstamo. Por ejemplo, en la fase precontractual, el prestamista deberá entregar al cliente, con una antelación mínima de siete días respecto de la firma del contrato, documentación detallada sobre oferta vinculante para la entidad, sobre la existencia de cláusulas potencialmente sensibles, escenarios de evolución de cuotas en función de previsiones sobre tipos de interés y seguros asociados.

Proyecto de ley de crédito inmobiliario : ¿Se aplicará esta Ley a mi Préstamo Hipotecario ya firmado con la entidad?

Como resulta lógico, dependerá de la medida que decidas exigir. Así, la reducción de las comisiones sólo se podrá aplicar a los nuevos préstamos hipotecarios a suscribir, así como las garantías relativas a la transparencia en fase contractual. Sin embargo, el derecho de conversión del préstamo a interés fijo o a euros, podrá exigirlo cualquier prestatario que tenga suscrito un préstamo y cumpla determinados requisitos.

En Bufete Picazo seguiremos de cerca la aprobación de este proyecto de Ley de crédito inmobiliario. Lo haremos también para garantizar en todo momento el cumplimiento de los derechos de nuestros clientes. Si estás interesado en recibir más información acerca de esta Ley, o deseas asesorarte, no dudes en concertar una cita con nosotros. Te atenderemos encantados.

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