¿SU HIPOTECA ESTÁ REFENCIADA AL ÍNDICE IRPH?

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sido interpelado para que aclare si la sentencia de Tribunal Supremo de 14 de diciembre de 2017, en la que exponía que el IRPH no era abusivo, es contraria a derecho, para así declararla nula.

El pasado 31 de mayo, la  Comisión Europea, en sus observaciones escritas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se posicionó a favor de las personas afectadas por el índice hipotecario español IRPH, oponiéndose frontalmente a la sentencia del Tribunal Supremo, exponiendo en ese documento afirmaciones como: “Una práctica comercial consistente en omitir información sobre cómo se configura el tipo de referencia, cuál ha sido la evolución de dicho tipo en el pasado, así como su posible evolución futura, comparado con otros tipos empleado en el mercado, debe calificarse de engañosa (…) siempre que haga o pueda hacer tomar al consumidor una decisión sobre una transacción que, de otro modo, no hubiera tomado”.

Los siguientes pasos, le corresponden darlos al abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, redactando sus conclusiones. La opinión de la Comisión tiene un gran peso en las conclusiones del abogado general, y los dictámenes del Tribunal son mayoritariamente conformes con la opinión del abogado general. Es por tanto muy probable que el Tribunal Supremo español vuelva a ser corregido por Europa.

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